domingo, 2 de octubre de 2011

Las Artes en la Sociedad de Masas: Mario Alberto Landa Aguilera




El tema que se aborda primeramente es de carácter sociológico y a su vez  visto claramente desde el punto de vista estético, esto ya que la estética pregunta que es el arte no como se relaciona el arte en la sociedad, el arte  no es primamente un hecho. Que es como lo toma la sociología estudiándolo a si con toda legitimidad y justificación, el arte es primariamente un valor.
La estética pertenece a la esfera de los juicios de valor que estos a su vez son los que establecen una estimación afirmativa o negativa acerca de una cosa u objeto el cual pertenezca a  algún tipo de arte y del surgirá dicha apreciación sobre lo que se está percibiendo, según convenga el caso.
La sociología en su contexto  pretende estudiar este tipo de juicios en el medio social que se desenvuelve  pero esta no puede hacer que los individuos se pregunten ese tipo de preguntas que por naturaleza se hace cuando uno aprecia el arte.
La palabra que puede ser empleada por la sociología para este evento es la “influencia “ pero este término  es falso ya que esta palabra proviene directamente de la astrología. El arte se desenvuelve en la sociología donde la sociología en su totalidad y el arte es solo un ingrediente y es una manifestación del espíritu.
Para una sociedad hay un arte pero tal arte existe una sociedad, el arte es evolutivo ya que si la sociedad cambia también el arte lo hará esto explica que; a mayor cambio mejor será el arte ya que todas esta es un recopilatorio de artes pasados.
Cuando se habla de una sociedad de masas el arte está expuesto al fenómeno de la tipicidad ¿Qué es la tipicidad? La tipicidad es claramente un “fenómeno nuevo que surge espontáneamente después del gran desarrollo industrial de Europa, la tipicidad “es toda conducta que conlleva una acción u omisión que se ajusta a los presupuestos detalladamente establecidos como delito o falta dentro de un cuerpo legal. Esto quiere decir que, para que una conducta sea típica, debe constar específica y detalladamente como delito o falta dentro de un código.
Tipicidad es la adecuación del acto humano voluntario ejecutado por el sujeto a la figura descrita por la ley como delito. Es la adecuación, el encaje, la subsunción del acto humano voluntario al tipo penal. Si se adecua es indicio de que es delito. Si la adecuación no es completa no hay delito.”

En la sociedad de masas todo resulta ser una abstracción en donde lo  único real es el individuo por ser un ente tipológico no puede ser definido si no simplemente descripto y es asi como le podemos mencionar con el nombre de Hombre – Masa este es construido en serie ya que pertenece a una sociedad de masas fabril.





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